Real Decreto 1678/1987, por el que se reglamenta la profesión de Habilitado de Clases Pasivas en los aspectos de la misma relacionados con los fines administrativos en materia de Clases Pasivas y con el interés general.
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Real Decreto 1678/1987, por el que se reglamenta la profesión de Habilitado de Clases Pasivas en los aspectos de la misma relacionados con los fines administrativos en materia de Clases Pasivas y con el interés general.
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Afectaciones
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- Real Decreto 1729/1994, de 29 de Julio, Sobre el Procedimiento Sancionador Aplicable a Los Habilitados de Clases Pasivas. - Artículos : 48.2 48.3 52 53 54
RELACIONADO CON
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978
- Ley de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas (Ley 53/1984, de 26 de diciembre)
- Código Civil - Artículos 1709, 1710, 1711, 1712, 1713, 1714, 1715, 1716, 1717, 1718, 1719, 1720, 1721, 1722, 1723, 1724, 1725, 1726, 1727, 1728, 1729, 1730, 1731, 1732, 1733, 1734, 1735, 1736, 1737, 1738, 1739, 1830
- Ley sobre Colegios Profesionales (Ley 2/1974, de 13 de febrero)
- Decreto por el que se Publica el Reglamento del Registro Civil (Decreto de 14 de noviembre de 1958) - Artículo 363