STS, 15 de Abril de 1999
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Resumen
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Frases clave
“ La materia de que tratamos es de orden público, así lo reconoce con reiteración la doctrina y la jurisprudencia. Y en tal ámbito los Tribunales pueden y deben actuar de oficio, lo cual no se compagina con una exigencia rigurosa del requisito de la alegación de parte ”
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Extracto
STS, 15 de Abril de 1999
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículos 9, 14, 24, 106
- Ley del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo) - Artículos 33, 42
- Ley de Procedimiento Laboral (Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril) - Artículos 85, 189, 191, 217
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículo 197
- STC 59/1986, 19 de Mayo de 1986