Real Decreto 2209/1981, de 20 de agosto, por el que se establecen las condiciones que deberán cumplir las Empresas pesqueras españolas para acogerse a los beneficios establecidos en el Real Decreto 2517/1976, de 8 de octubre, sobre Empresas pesqueras conjuntas.

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Real Decreto 2209/1981, de 20 de agosto, por el que se establecen las condiciones que deberán cumplir las Empresas pesqueras españolas para acogerse a los beneficios establecidos en el Real Decreto 2517/1976, de 8 de octubre, sobre Empresas pesqueras conjuntas.

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