Real Decreto 1185/2024, de 28 de noviembre, por el que se modifican el Real Decreto 210/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, y el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
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Real Decreto 1185/2024, de 28 de noviembre, por el que se modifican el Real Decreto 210/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, y el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
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Afectaciones
MODIFICA
- Real Decreto por el que se establece la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública. (Real Decreto 210/2024, de 27 de febrero) - Artículos : 1.3.a 1.3.b 2..7 11.2.b DA4
- Real Decreto por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales. (Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre) - Artículos : 21
ADICIONA DISPOSICIONES
Documentos citados
- Ley del Gobierno (Ley 50/1997, de 27 de noviembre)
- Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. (Ley 39/2015, de 1 de octubre) - Artículo 129
- Ley de Régimen Jurídico del Sector Público. (Ley 40/2015, de 1 de octubre) - Artículos 62, 64, 66
- Regulation (EU) 2015/2120 of the European Parliament and of the Council of 25 November 2015 laying down measures concerning open internet access and amending Directive 2002/22/EC on universal service and users’ rights relating to electronic communications networks and services and Regulation (EU) No 531/2012 on roaming on public mobile communications networks within the Union (Text with EEA relevance)
- Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, </strong>por la que<strong> se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. - Artículo 2