STS, 24 de Octubre de 2001
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Resumen
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Frases clave
“ cuando el demandante planteó su acción el 28 de febrero de 2.000 en solicitud de abono de 3.628.246 ptas., cantidad en la que valora hasta el 30 de noviembre de 1.999 su derecho relativo a las adhesiones firmadas sobre los planes correspondientes a los años 1.997 y 1998, es manifiesto que no se había cumplido el plazo de carencia de ejercicio, que para el primero de dichos planes se estableció de mutuo acuerdo el 1 de noviembre de 2.000 y para el segundo, el 24 de marzo de 2.001, por lo que en el momento en que el demandante ejercitó la acción, el derecho aún no era exigible, con independencia de la naturaleza salarial o no del concepto retributivo y no por carecer de la condición de empleado, sino porque antes de la fecha fijada para el ejercicio del derecho de opción, no es posible llevarlo a cabo. De ello se desprende que el trabajador podría ejercitar su derecho de opción, si lo estima conveniente, en las condiciones pactadas, una vez vencido el término o plazo para ello previsto para los planes de los referidos años. ”
“ las cantidades que hubiese podido obtener el demandante como consecuencia del ejercicio en tiempo de las opciones sobre acciones suscritas, tendrían naturaleza salarial y serían valorables, en su caso, a efectos de cuantificar la indemnización por despido prevista en el artículo 56.1 a) del Estatuto de los Trabajadores. Pero solo aquellas que hubiesen ingresado en el patrimonio del trabajador por haber ejercitado la opción en momento anterior al despido, salvo que, como se ha dicho, se acreditara que la empresa hubiese actuado en fraude de ley practicando el despido con la finalidad de impedir que el trabajador ejercitase la referida opción. ”
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Extracto
STS, 24 de Octubre de 2001
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