STS, 20 de Diciembre de 2007

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Resumen


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Frases clave


. Acreditado que el trabajador demandante desde el año 1976 acredita la exposición durante la jornada de trabajo a niveles de ruido superiores a los 80 decibelios, habrá que llegar a la conclusión de que la hipoacusia neurosensorial bilateral, que padece deriva de enfermedad profesional, conforme al apartado 3 letra E) de la lista de enfermedades profesionales aprobada por Real Decreto 1995/1978, de 12 de mayo, siendo de destacar, que a los efectos de la mera calificación como enfermedad profesional, es irrelevante la mayor o menor gravedad de la hipoacusia, circunstancia que si obviamente entraría en juego a efectos incapacitantes.

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Extracto


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