REAL DECRETO 2127/2004, de 29 de octubre, por el que se regulan los requisitos de seguridad de las embarcaciones de recreo, de las motos náuticas, de sus componentes y de las emisiones de escape y sonoras de sus motores.
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REAL DECRETO 2127/2004, de 29 de octubre, por el que se regulan los requisitos de seguridad de las embarcaciones de recreo, de las motos náuticas, de sus componentes y de las emisiones de escape y sonoras de sus motores.
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Afectaciones
DEROGA
- Real Decreto 297/1998, de 27 de febrero, por el que se regulan los requisitos de seguridad de las embarcaciones de recreo, embarcaciones de recreo semiacabadas y sus componentes, en aplicación de la directiva 94/25/CE.
- Real Decreto 297/1998, de 27 de febrero, por el que se regulan los requisitos de seguridad de las embarcaciones de recreo, embarcaciones de recreo semiacabadas y sus componentes, en aplicación de la directiva 94/25/CE.
IMPLEMENTA
ACTUALIZADA por
- Resolución de 26 de noviembre de 2013, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se actualiza el anexo XVIII del Real Decreto 2127/2004, de 29 de octubre, por el que se regulan los requisitos de seguridad de las embarcaciones de recreo, de las motos náuticas, de sus componentes y de las emisiones de escape y sonoras de sus motores. - Artículos : anexo XVIII
- Resolución de 25 de septiembre de 2007, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se actualiza el anexo XVIII del Real Decreto 2127/2004, de 29 de octubre, por el que se regulan los requisitos de seguridad de las embarcaciones de recreo, de las motos náuticas, de sus componentes y de las emisiones de escape y sonoras de sus motores.
- RESOLUCIÓN de 2 de febrero de 2006, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se actualiza la relación de normas nacionales utilizables en la aplicación del Real Decreto 2127/2004, de 29 de octubre, que regula los requisitos de seguridad de las embarcaciones de recreo, de las motos náuticas, de sus componentes y de las emisiones de escape y sonoras de sus motores.
DEROGADA por
Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículo 149
- Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante (Ley 27/1992, de 24 de noviembre)
- Real Decreto 2028/1986, de 6 de Junio, </strong>por el que<strong> se dictan normas para la aplicacion de determinadas directivas de la Cee, relativas a la Homologacion de Tipos de Vehiculos automoviles, remolques y Semirremolques, asi como de Partes y Piezas de Dichos vehiculos.
- Real Decreto sobre Abanderamiento, Matriculación de Buques y Registro Marítimo (Real Decreto 1027/1989, de 28 de Julio) - Artículos 13, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43
- Decreto 3384/1971, de 28 de octubre, sobre revisión del Reglamento de Reconocimiento de Buques y Embarcaciones Mercantes.