Ley No. 16713.- Créase el sistema previsional que se basa en el principio de universalidad y comprende en forma inmediata y obligatoria a todas las actividades amparadas por el Banco de Previsión Social
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Ley No. 16713.- Créase el sistema previsional que se basa en el principio de universalidad y comprende en forma inmediata y obligatoria a todas las actividades amparadas por el Banco de Previsión Social
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Afectaciones
MODIFICADA por
- Ley No. 19678.- Establécense modificaciones en el marco legal del mercado de seguros - Artículos : 128.c
- Ley No. 20.130.- Créase un Sistema Previsional Común y establécese el procedimiento de convergencia de los regímenes actuales vigentes - Artículos : 51 87
SUSTITUIDA por
- Ley No. 20.130.- Créase un Sistema Previsional Común y establécese el procedimiento de convergencia de los regímenes actuales vigentes - Artículos : 44 45 46 47 52 53 54 55 57 58 59 92 95 99 100 101 102 103 108 115 116 117 121 123 124 125 127 128 48 77.86.b 88 89 90
AñADIDA por
- Ley No. 20.130.- Créase un Sistema Previsional Común y establécese el procedimiento de convergencia de los regímenes actuales vigentes - Artículos : 58.bis 95.bis 100.bis 111.bis 114.f 123.bis 123.ter 77.bis 77.ter
DEROGADA por