Ley 974, por la cual se reglamenta la actuación en bancadas de los miembros de las corporaciones públicas y se adecua el Reglamento del Congreso al Régimen de Bancadas.

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Ley 974, por la cual se reglamenta la actuación en bancadas de los miembros de las corporaciones públicas y se adecua el Reglamento del Congreso al Régimen de Bancadas.

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DECLARADA INEXEQUIBLE PARCIALMENTE por

DECLARADA INEXEQUIBLE por

DECLARADA EXEQUIBLE por

  • Sentencia de Constitucionalidad nº 036/07 de Corte Constitucional, 31 de Enero de 2007 -- expresiones, ''Lo anterior sin perjuicio, de las facultades o atribuciones que por virtud del Reglamento del Congreso se les confieren de manera individual a los congresistas, para participar con voz en las sesiones plenarias de la respectiva corporación; a intervenir en las sesiones en las que se voten proyectos normativos; a presentar mociones de cualquier tipo; a hacer interpelaciones; a solicitar votaciones nominales o por partes, así como verificaciones de quórum, mociones de orden, mociones de suficiente ilustración y las demás establecidas en el citado reglamento.'' del artículo 3, inciso segundo, ''Cuando la decisión frente a un tema sea la de dejar en libertad a sus miembros para votar de acuerdo con su criterio individual'' del inciso primero del artículo 5º, ''de cada uno de los oradores''; ''y los miembros''; ''3. A los oradores en el orden en que se hubieren inscrito ante la Secretaría. Ninguna intervención individual, en esta instancia, podrá durar más de 10 minutos''; ''Ningún orador podrá referirse a un tema diferente del que se encuentra en discusión, y su desconocimiento obligará a la Presidencia a llamar la atención y suspender el derecho para continuar en la intervención'' y ''Todos los oradores deben inscribirse ante la Secretaría hasta cinco minutos antes de la hora fijada para el inicio de la sesión. Harán uso de la palabra por una sola vez en la discusión de un tema'', del artículo 10 de la Ley 974 de 2005; las expresiones ''No se podrá intervenir por más de dos veces en la discusión de una proposición o en su modificación'', del artículo 12 de la Ley 974 de 2005; y, la expresión ''miembro'' del artículo 16 - Artículos : 3.inciso segundo 5.inciso primero 10 12 16
  • Sentencia de Constitucionalidad nº 453/06 de Corte Constitucional, 7 de Junio de 2006 - Artículos : 4 7 11 12 16 17 18 19.parágrafo transitorio
  • Sentencia de Constitucionalidad nº 518/07 de Corte Constitucional, 11 de Julio de 2007 -- expresión "a presentar mociones de cualquier tipo", contenida en el inciso primero del artículo 3° - Artículos : 3.inciso 1