Sentencia de Constitucionalidad nº 342/06 de Corte Constitucional, 3 de Mayo de 2006
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Resumen
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DECLARA INEXEQUIBLE PARCIALMENTE
- Ley 974, por la cual se reglamenta la actuación en bancadas de los miembros de las corporaciones públicas y se adecua el Reglamento del Congreso al Régimen de Bancadas. -- expresión ''No incurrirá en doble militancia, ni podrá ser sancionado el miembro de Corporación Pública o titular de un cargo de elección popular que se inscriba como candidato para un nuevo período por un partido, movimiento o grupo significativo de ciudadanos diferente del que lo avaló en la elección anterior, siempre y cuando medie notificación oportuna y cumpla con los deberes de la bancada, de la cual hace parte'' - Artículos : 4
Documentos citados
- Código penal (Ley 599 de 2000) - Artículos 135, 189, 296
- Constitución Política de Colombia (1991) - Artículos 1, 2, 4, 107, 108, 111, 112, 151, 179, 189, 197, 241, 261, 299
- Acto Legislativo 01
- Acto Legislativo 03
- Acto Legislativo 02 de 2004