Ley 923, Mediante la cual se señalan las normas objetivos y criterios que deberá observar el Gobierno Nacional para la fijación del régimen pensional y de asignación de retiro de los miembros de la Fuerza Pública de conformidad con lo establecido en el artículo 150 numeral 19 literal e) de la Constitución Política.
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Extracto
Ley 923, Mediante la cual se señalan las normas objetivos y criterios que deberá observar el Gobierno Nacional para la fijación del régimen pensional y de asignación de retiro de los miembros de la Fuerza Pública de conformidad con lo establecido en el artículo 150 numeral 19 literal e) de la Constitución Política.
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Afectaciones
ADICIONADA por
- Ley 1660 de 2013, por medio de la cual se adiciona un parágrafo al artículo 3º, de la Ley 923 de 2004, mediante la cual se señalan las normas, objetivos y criterios que deberá observar el Gobierno Nacional para la fijación del régimen pensionaly de asignación de retiro de los miembros de la Fuerza Pública de conformidad con lo establecido en el artículo 150, numeral 19, literal e) de la Constitución Política, se crean unos estímulos en materia de vivienda y educación y se dictan otras disposiciones - Artículos : 3
DECLARADA EXEQUIBLE por
- Sentencia de Constitucionalidad nº 029/09 de Corte Constitucional, 28 de Enero de 2009 -- expresiones ''el compañero o la compañera permanente'', ''la compañera o compañero permanente'', ''la compañera permanente'' ''un compañero o compañera permanente'' ''Compañero (a) permanente'' y ''compañero o compañera permanente'' contenidas en el artículo 3 - Artículos : 3
- Sentencia de Constitucionalidad nº 456/15 de Corte Constitucional, 22 de Julio de 2015 -- expresión “En caso de convivencia simultánea en los últimos cinco (5) años, antes del fallecimiento del causante entre un cónyuge y una compañera o compañero permanente, la beneficiaria o el beneficiario de la sustitución de la asignación de retiro o de la pensión de invalidez o de la pensión de sobreviviente será la esposa o el esposo” del artículo 3º -tercer inciso del numeral 3.7.2- - Artículos : 3.7.2.tercer inciso
- Sentencia de Constitucionalidad nº 924/05 de Corte Constitucional, 6 de Septiembre de 2005 -- expresión "... desde el 7 de agosto del 2.002 ...", contenida en el artículo 6 - Artículos : 6