STS, 13 de Noviembre de 2001

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Resumen


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Frases clave


No sirve de excusa a la publicación la notoriedad pública de la persona perjudicada; ni siquiera el interés general que había despertado el asunto de recalificación imobiliaria, adquieren la suficiente relevancia para poner en peligro principios prohibitivos insitos en la Ley Orgánica, 1/1982 de 5 de mayo (artículo 7°) y que obligan a considerar "intromisión ilegítima" la grabación de conversaciones telefónicas sin que conste el consentimiento de las personas concernidas y, particularmente, su empleo o utilización (para su divulgación) por terceras personas ajenas a los referidos interlocutores. Lo contrario supondría potenciar un régimen de tolerancia, (cuya práctica, empieza a resaltar habitual) en favor de interesados (profesionales o no) en la persecución de personas que por su posición institucional o profesional realicen actividades de importancia social para obtener mediante artilugios de escucha la información que ellos juzguen relevante, entregada luego, sin precio o con él, a terceros interesados en su divulgación al margen de la licitud del medio empleado.

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Extracto


STS, 13 de Noviembre de 2001

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