STS 139/2001, 6 de Febrero de 2001

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Frases clave


No se dan los elementos precisos para estimar la eximente incompleta del artículo 21.1 en relación con el 20.3 C.P.. En primer lugar, porque no se constata el elemento biológico-temporal a que hemos hecho mención, que debe estar presente tanto en la versión completa como incompleta de la eximente, es decir, lo que la Jurisprudencia ha calificado como una precoz situación de aislamiento que la norma define y caracteriza como alteración de la percepción. En segundo lugar, porque se parte de una deficiencia que no es estrictamente sensorial, sino que afecta a la capacidad intelectiva del sujeto, y por ello más propia del número 1° del artículo 20 que del 3°.

Extracto


STS 139/2001, 6 de Febrero de 2001

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