STS 42/2008, 18 de Enero de 2008
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Resumen
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Frases clave
“ Aunque por sí mismo el acuerdo no sea determinante para la atribución a los acusados de la incorporación de los datos a las tarjetas, tampoco impide que, caso de existir pruebas de haber sido ellos quienes proporcionaran los datos precisos para ello, puedan ser declarados responsables en el referido concepto de cooperadores necesarios, al amparo del art. 28 b) CP. Y ello es lo que cabe entender dada la coincidencia de datos mas arriba relacionada, y la indudable entrega de las fotografías para la confección de la carta de identidad checa y de la carta de identidad irlandesa de que hizo uso respectivamente cada acusado. ”
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Extracto
STS 42/2008, 18 de Enero de 2008
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículo 24
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos 28, 66, 74, 248, 249, 386, 387, 390, 392
- STC 17/2002, 28 de Enero de 2002
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) - Artículos 849, 901, 903
- STS 213/2002, 14 de Febrero de 2002