ATS, 5 de Mayo de 1998
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Resumen
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Frases clave
“ Pretende así la mercantil recurrente destruir la apreciación fáctica sobre la que la Audiencia basó su decisión, como paso previo a la denuncia de la indebida aplicación al caso de la doctrina del riesgo como causa atributiva de la responsabilidad que le fue imputada en el fallecimiento del causante de la demandante, y si bien el planteamiento, en pura técnica casacional, es correcto, desde una perspectiva general no lo es, sin embargo, si se atiende a los preceptos en los que se concreta el error de derecho en la apreciación probatoria, pues es reiterado criterio de esta Sala que los que se refieren a la prueba testifical no contienen regla valorativa alguna sino que su apreciación está sujeta a las reglas de la sana crítica, que no es revisable salvo ilógica, absurda o ilegal, no siendo, por lo tanto, aptas para fundamentar un motivo de casación ( SSTS 28-4-97, 5-5-97, 1-9-97, 21-10-97 ), debiendo añdirse a éste el también reiterado criterio de que no cabe aislar una prueba de las demás ( STS 21-2-97, 28-4-97, y 24-3-98 ), pues deben valorarse todas ellas de forma conjunta, sin dar prevalencia a una respecto de las otras. ”
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Extracto
ATS, 5 de Mayo de 1998
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Documentos citados
- Código Civil - Artículos 1248, 1902
- Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados (Ley 30/1995, de 8 de noviembre)
- Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo)
- Real Decreto de Promulgación de la Ley de Enjuiciamiento Civil (Real Decreto de 3 de febrero de 1881) - Artículos 659, 1692, 1707, 1710
- STC 37/1995, 7 de Febrero de 1995