STS, 15 de Abril de 2002
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Frases clave
“ el incumplimiento de la contraprestación, no cabe apreciar causa legítima alguna para mantener el enriquecimiento de la beneficiaria que se produciría si no se entendiera procedente la devolución de los intereses compensatorios de la indisponibilidad por la Administración acreedora de la cantidad o principal a devolver, durante el tiempo en que ésta estuvo indebidamente en poder de la empresa incumplidora; intereses cuyo cómputo, a diferencia de los intereses estrictamente moratorios, se produce desde la fecha del abono ”
Extracto
STS, 15 de Abril de 2002
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Afectaciones
APLICA
Documentos citados
- Ley de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre) - Artículos 95, 106
- Ley de Enjuiciamiento Civil (Ley 1/2000, de 7 de enero) - Artículo 43
- Constitución Española de 1978 - Artículos 9, 24, 43, 95, 103, 120
- Ley Cambiaria y del Cheque (Ley 19/1985, de 16 de julio)
- Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (Ley 29/1998, de 13 de julio) - Artículo 80