STS 179/2000, 4 de Febrero de 2000

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Frases clave


". No obstante, es preciso además que el recurrente a causa de la alteración que sufre, no pueda comprender la ilicitud del hecho o actuar conforme a esa comprensión. Por tanto, es necesario que la alteración se interponga entre el sujeto y la norma que proclama la ilicitud del hecho, de tal forma que no pueda ser motivado por aquella, o que, pudiendo percibir el mandato o prohibición contenido en la norma, carezca ésta de fuerza motivadora para el sujeto porque se encuentre determinado en su actuación por causas vinculadas a su alteración psiquica que anulen la motivación normativa. Y cuando la incapacidad para ser motivado por el precepto o el bloqueo que en la motivación creada por el mismo, determinen otras causas, sea solo parcial, se dará el presupuesto fáctico para la apreciación de la eximente incompleta.

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Extracto


STS 179/2000, 4 de Febrero de 2000

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