Extracto
Disposiciones de carácter general en materia de operaciones de los Sistemas de Ahorro para el Retiro
No longer available (Autolink)
Ver el contenido completo de este documento
Documentos citados
-
Código de Comercio
- Artículo 97
-
Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro
- Artículos 2, 3, 9, 108
-
Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros
- Artículo 50
-
Ley del Seguro Social
- Artículos 152, 168, 170, 171, 172, 173, 191, 192, 193, 198
-
Ley del Mercado de Valores
Ver todas las citas
-
Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores
- Artículo 29
-
Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
- Artículo 10
-
Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos
- Artículo 9
-
Ley Federal del Trabajo
- Artículo 162
-
Ley General de Sociedades Mercantiles
- Artículos 6, 165, 166
-
Constitución Política del Estado de Yucatán
-
Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares
-
Ley Federal de Competencia Económica
-
Ley Federal de Derechos
-
Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera
-
Disposiciones de Carácter General en Materia Financiera de los Sistemas de Ahorro para el Retiro
-
Disposiciones de carácter general sobre el registro de la contabilidad, elaboración y presentación de estados financieros a las que deberán sujetarse los participantes en los Sistemas de Ahorro para el Retiro.
-
Disposiciones de carácter general a las que deberán sujetarse las administradoras de fondos para el retiro en relación con sus agentes promotores
-
NIF B-8 Estados financieros consolidados o combinados
-
NIF B-17 Determinación del valor razonable
-
NIF C-7 Inversiones en asociadas, negocios conjuntos y otras inversiones permanentes