STSJ Aragón , 20 de Octubre de 2004

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Resumen


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Frases clave


La tesis de esta recurrente no puede ser asumida. En la demanda rectora de esta litis se menciona la existencia de una cesión ilegal de trabajadores (al referirse a la sentencia anterior que declaró su existencia), la cual está en la raíz misma de la causa petendi. Y aunque es cierto que no puede hablarse del efecto de cosa juzgada positiva de la citada sentencia, pues no consta que sea firme, no lo es menos que, traída al proceso la cuestión relativa a la cesión ilegal de trabajadores, la citada sentencia, aportada como medio de prueba documental, así como la sentencia de esta Sala que la confirmó, constituyen medios probatorios válidos a efectos de la fijación del factum en el presente litigio.

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Extracto


STSJ Aragón , 20 de Octubre de 2004

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