STSJ Aragón , 20 de Octubre de 2004
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Resumen
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Frases clave
“ La tesis de esta recurrente no puede ser asumida. En la demanda rectora de esta litis se menciona la existencia de una cesión ilegal de trabajadores (al referirse a la sentencia anterior que declaró su existencia), la cual está en la raíz misma de la causa petendi. Y aunque es cierto que no puede hablarse del efecto de cosa juzgada positiva de la citada sentencia, pues no consta que sea firme, no lo es menos que, traída al proceso la cuestión relativa a la cesión ilegal de trabajadores, la citada sentencia, aportada como medio de prueba documental, así como la sentencia de esta Sala que la confirmó, constituyen medios probatorios válidos a efectos de la fijación del factum en el presente litigio. ”
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Extracto
STSJ Aragón , 20 de Octubre de 2004
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Documentos citados
- Ley de Enjuiciamiento Civil (Ley 1/2000, de 7 de enero)
- Constitución Española de 1978 - Artículo 24
- Ley del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo) - Artículos 19, 43, 53
- Ley de Procedimiento Laboral (Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril) - Artículos 97, 108, 191, 202, 233
- STS, 21 de Marzo de 1997