SAP Madrid 98/2005, 28 de Noviembre de 2005
Enlazado como:
Resumen
No longer available (Autolink)
Frases clave
“ Como señala el TS en Sentencia de 12 de Junio de 2000 , el delito de cohecho es en determinados casos unilateral y se consuma con la sola "solicitud" u "ofrecimiento" de la dádiva, sin que sea necesario para su sanción ni la aceptación de la solicitud, ni el abono de la dádiva ni la realización del acto injusto o delictivo ofrecido como contraprestación. ”
Ver el contenido completo de este documento
Extracto
SAP Madrid 98/2005, 28 de Noviembre de 2005
No longer available (Autolink)
Ver el contenido completo de este documento
Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículo 9
- Ley Orgánica del Tribunal del Jurado (Ley Orgánica 5/1995, de 22 de mayo) - Artículos 25, 36, 37
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos 28, 127, 419
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio)
- STC 7/2002, 14 de Enero de 2002