STS 2163/2001, 19 de Noviembre de 2001
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Resumen
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Frases clave
“ En definitiva, con la mencionada prueba testifical del policía que actuó de secretario en el atestado, con el reconocimiento del propio acusado respecto de la realidad de esa anterior declaración suya hecha en comisaría, todo ello corroborado con los datos objetivos antes referidos como constitutivos, al menos de sospechas vehementes sobre la autoría del procesado, es claro que el tribunal de instancia dispuso de prueba realmente existente, obtenida y aportada al proceso de modo lícito y que cualquier observador imparcial ha de calificar de razonablemente suficiente para justificar la condena aquí recurrida. ”
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Extracto
STS 2163/2001, 19 de Noviembre de 2001
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Documentos citados
- Ley de Enjuiciamiento Civil (Ley 1/2000, de 7 de enero) - Artículo 386
- Constitución Española de 1978 - Artículo 24
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículo 572
- Código Civil - Artículos 1249, 1253
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículo 5