STS, 10 de Julio de 2001
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Resumen
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Frases clave
“ Es evidente que los fundamentos deben constreñirse a las argumentaciones jurídicas y los datos fácticos, reservados para la narración histórica, pero si se añaden tales hechos atribuidos a la recurrente es para probar su participación, como cómplice, en el tipo penal por el que se le condena. En todo caso, a tenor del cauce procesal elegido, los hechos deben ser respetados, y en definitiva, abundan en lo expuesto en el fundamento precedente, al contradecir a la más elemental lógica, que se realicen tales trabajos de envío de mensajes cifrados, o su traducción en un tráfico marítimo lícito y pacífico. ”
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Extracto
STS, 10 de Julio de 2001
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículo 24
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos 12, 16, 344, 454
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículo 5
- STC 118/2001, 21 de Mayo de 2001
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) - Artículos 1, 118, 849, 851