STS 1374/2002, 18 de Julio de 2002
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Resumen
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Frases clave
“ En el supuesto objeto de la presente casación, constatamos que la procesada era gravemente adicta, a consecuencia de los que presenta trastornos adaptativos pero, además, se indica en el hecho probado, que presenta un elevado deterioro fisico y psíquico con limitación parcial de sus facultades intelectivas y, sobre todo volitivas, aunque no de forma considerable o muy importante. Es decir se describen una afectación de las facultades psíquicas que exceden de las que aparecen incorporadas a la grave adicción, sin llegar a suponer una afectación importante de las facultades psíquicas, y ese "plus" de afectación en el psiquismo de la procesada supone una menor reprochabilidad y la declaración de muy calificada de la atenuante concurrente. ”
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Extracto
STS 1374/2002, 18 de Julio de 2002
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Documentos citados
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos 20, 21, 95, 97
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículo 5
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) - Artículos 744, 849, 899
- STS 521/2002, 22 de Marzo de 2002
- STS 1612/2000, 20 de Octubre de 2000