STS 1113/2001, 12 de Junio de 2001
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Resumen
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Frases clave
“ el documento es perfectamente atendible como fuente de datos probatorios de cargo y, en consecuencia, haber operado a partir de él no es una circunstancia que pueda servir par invalidar el razonamiento de la sala. De otro lado, la existencia de prueba de cargo es indiscutible y también que ha sido objeto de una valoración racional y explícitamente fundada, constatación ésta que, unida a la anterior, es suficiente para que tenga que desestimarse el motivo. ”
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Extracto
STS 1113/2001, 12 de Junio de 2001
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículos 2, 3, 9, 24, 120
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos 5, 28, 45, 46, 47, 48, 344
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículos 3, 4, 5, 248
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) - Artículos 1, 2, 3, 4, 6, 85, 142, 435, 729, 730, 741, 849, 850, 851
- STC 115/1998, 1 de Junio de 1998