STS 626/2002, 11 de Abril de 2002

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Resumen


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Frases clave


un documento obrante en autos, puede ser opuesto en casación a un hecho declarado probado en la sentencia de instancia, cuando exista una evidente contradicción entre el contenido literal del documento y el hecho en cuestión, y éste no ha sido acreditado por otras pruebas

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Extracto


STS 626/2002, 11 de Abril de 2002

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