DECRETO NÚMERO 305.- ARTÍCULO ÚNICO.- EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 24 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO, SE DECLARA OFICIALMENTE LA CLAUSURA DE LOS TRABAJOS CORRESPONDIENTES AL PRIMER PERÍODO ORDINARIO DE SESIONES DEL SEGUNDO AÑO DE EJERCICIO CONSTITUCIONAL DE LA SEXAGÉSIMA CUARTA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, LIBRE Y SOBERANO DE AGUASCALIENTES
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DECRETO NÚMERO 305.- ARTÍCULO ÚNICO.- EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 24 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO, SE DECLARA OFICIALMENTE LA CLAUSURA DE LOS TRABAJOS CORRESPONDIENTES AL PRIMER PERÍODO ORDINARIO DE SESIONES DEL SEGUNDO AÑO DE EJERCICIO CONSTITUCIONAL DE LA SEXAGÉSIMA CUARTA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, LIBRE Y SOBERANO DE AGUASCALIENTES
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Documentos citados
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos - Artículos 24, 28
- Decreto 305 por el que se deroga el artículo 135 sexies de la ley de hacienda del municipio de cozumel, del estado de quintana roo.
- DECRETO NÚMERO 306.- ARTÍCULO ÚNICO.- EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 28 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO, SE DECLARA OFICIALMENTE LA APERTURA DE LOS TRABAJOS DE LA DIPUTACIÓN PERMANENTE PARA EL PRIMER PERÍODO DE RECESO DEL SEGUNDO AÑO DE EJERCICIO CONSTITUCIONAL DE LA SEXAGÉSIMA CUARTA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, LIBRE Y SOBERANO DE AGUASCALIENTES