STS 761/1998, 29 de Julio de 1998

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Resumen


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Frases clave


la obligación del médico y, en general, del personal sanitario, no es la de obtener en todo caso la curación del enfermo -obligación de resultado-, sino la de proporcionarle todos los cuidados que requiera, según el estado de la ciencia y la "lex artis ad hoc" -obligación de medios-, y atendida esta posición jurídica, en conexión con la valoración probatoria efectuada en la sentencia de apelación, se observa la realidad de unas conductas en don Ángely don Evaristoincursas en falta de diligencia y, por ende, denotadoras de evidente culpabilidad.

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Extracto


STS 761/1998, 29 de Julio de 1998

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