STS 256/2002, March 25, 2002

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El caso examinado es uno de tantos en que, por la confianza entre las partes al encargarse la obra o su ampliación, se prescinde totalmente de documentar la obligación y, surgido el conflicto a la hora de pagar, es preciso determinar el valor de la obra efectivamente ejecutada acudiendo a una valoración conjunta de pruebas como la pericial o la testifical, que es precisamente lo que aquí ha hecho la sentencia recurrida, la cual, por eso mismo, no ha podido infringir el art. 1214 CC, operativo en caso de falta de prueba pero no de valoración de pruebas efectivamente practicadas.

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