ORDEN DE 18 DE DICIEMBRE DE 1992 por la que se establecen requisitos, conocimientos y Medios minimos exigibles para la Obtencion de las Titulaciones de Buceo profesional.
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ORDEN DE 18 DE DICIEMBRE DE 1992 por la que se establecen requisitos, conocimientos y Medios minimos exigibles para la Obtencion de las Titulaciones de Buceo profesional.
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Afectaciones
DEROGA PARCIALMENTE
- Orden de 10 de noviembre de 1980 por la que se dan las normas para la obtención de la especialidad en instalaciones y sistemas de buceo para buceadores deportivos. - Artículos : 3
- Orden por la que se aprueba el Reglamento para el Ejercicio de Actividades Subacuáticas en las Aguas Marítimas e Interiores. - Artículos : 2.l).4 2.l).5 2.l).6
- Orden de 29 de julio de 1974 sobre especialidades subacuáticas profesionales. - Artículos : 1..4 anexo I..anexo V
DEROGA
RELACIONADO CON
DEROGADA por
CORREGIDA por
Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículo 149
- Real Decreto 654/1991, de 26 de abril, </strong>por el que<strong> se modifica la Estructura Organica básica del Ministerio de Agricultura, pesca y Alimentación.
- Decreto 2055/1969, de 25 de septiembre, </strong>por el que<strong> se regula el ejercicio de actividades subacuáticas.