STS, 6 de Junio de 2001
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Resumen
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Frases clave
“ "la legitimación activa para impugnar n convenio colectivo, cualquiera que sea su eficacia, por los trámites del proceso del conflicto colectivo, corresponde a) si la impugnación se fundamenta en la ilegalidad del Convenio, a los órganos de representación legal o sindical de los trabajadores, sindicatos y Asociaciones empresariales interesadas". ”
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Extracto
STS, 6 de Junio de 2001
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Documentos citados
- Ley Orgánica de Libertad Sindical (Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto) - Artículos 8, 10
- Ley del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo) - Artículos 62, 63
- Ley de Procedimiento Laboral (Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril) - Artículos 161, 163, 205
- STS, 11 de Marzo de 1997