STS, 6 de Junio de 2001

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Resumen


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Frases clave


"la legitimación activa para impugnar n convenio colectivo, cualquiera que sea su eficacia, por los trámites del proceso del conflicto colectivo, corresponde a) si la impugnación se fundamenta en la ilegalidad del Convenio, a los órganos de representación legal o sindical de los trabajadores, sindicatos y Asociaciones empresariales interesadas".

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Extracto


STS, 6 de Junio de 2001

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