STS, 4 de Febrero de 1998
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Frases clave
“ El artículo 6.2.a) de la Ley Orgánica de Libertad Sindical atribuye la condición de sindicato más representativo a nivel estatal a los sindicatos "que acrediten una especial audiencia, expresada en la obtención en dicho ámbito del 10 por 100 o más del total de delegados de personal, de los miembros de los comités de empresa y de los correspondientes órganos de las Administraciones Públicas". La sentencia recurrida declara probado que el sindicato CSI-CSIF no ha alcanzado el diez por ciento de los representantes unitarios de los trabajadores del Ministerio de Defensa y de sus Organismos Autónomos. ”
Extracto
STS, 4 de Febrero de 1998
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Documentos citados
- Ley Orgánica de Libertad Sindical (Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto) - Artículo 6
- Ley del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo) - Artículo 87
- Ley General Presupuestaria (Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre) - Artículos 4, 23
- STS, 15 de Diciembre de 1994