Real Decreto 1082/2009, de 3 de julio, por el que se establecen los requisitos de sanidad animal para el movimiento de animales de explotaciones cinegéticas, de acuicultura continental y de núcleos zoológicos, así como de animales de fauna silvestre.
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Real Decreto 1082/2009, de 3 de julio, por el que se establecen los requisitos de sanidad animal para el movimiento de animales de explotaciones cinegéticas, de acuicultura continental y de núcleos zoológicos, así como de animales de fauna silvestre.
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Documentos citados
- REAL DECRETO 1228/2001, de 8 de noviembre, </strong>por el que<strong> se establecen medidas específicas de lucha y erradicación de la fiebre catarral ovina o lengua azul.
- Constitución Española de 1978 - Artículo 149
- REAL DECRETO 1071/2002, de 18 de octubre, </strong>por el que<strong> se establecen las medidas mínimas de lucha contra la peste porcina clásica.
- REAL DECRETO 650/1994, de 15 de abril, </strong>por el que<strong> se establece medidas generales de Lucha contra determinadas enfermedades de los animales y Medidas especificas contra la Enfermedad vesicular porcina.
- REAL DECRETO 2611/1996, de 20 de Diciembre, </strong>por el que<strong> se regulan los Programas nacionales de Erradicacion de Enfermedades de los animales.