STSJ Cataluña , 29 de Octubre de 2004

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Resumen


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Frases clave


que la empresa contratista ha puesto en juego en la ejecuci?n de la contrata su organizaci?n y medios propios. No puede por ello afirmarse que la misma se haya limitado su actividad de contratista al suministro de la mano de obra o fuerza de trabajo necesaria para el desarrollo de tal servicio, Antes, y al contrario, hemos de observar que se declara como probado que dicha empresa imparti? a los demandantes un curso de prevenci?n de riesgos laborales; que se ocup? de la formaci?n de los mismos como conductores de carretillas elevadoras; que les facilit? ropa de trabajo; que manten?a un supervisor o coordinador y que manten?a el control de jornada de sus trabajadores. De todo ello no podemos sino descartar la aplicabilidad del precepto legal de referencia que contempla la existencia, como presupuesto de las consecuencias que dispone, de una cesi?n ilegal de trabajadores. No habi?ndose dispuesto en tal sentido por la sentencia impugnada proceder? su revocaci?n a los efectos de desestimar la demanda en cuanto la misma solicita la condena de la empresa ahora recurrente absolviendo a la misma de las peticiones formuladas en la demanda.

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Extracto


STSJ Cataluña , 29 de Octubre de 2004

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