STS, 23 de Julio de 1998
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Resumen
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Frases clave
“ el texto de la ley aporta elementos que permiten afirmar la "especial gravedad" del hecho y sobre los cuales el tribunal ha de efectuar una valoración. Esa valoración puede existir pese a que no quede la víctima en una situación difícil cuando el valor de la defraudación y la entidad del perjuicio es considerable y permiten explicar la agravación, y en ese sentido esta Sala ha considerado aplicable la agravante sin incidir sobre este extremo en distintas resoluciones ”
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Extracto
STS, 23 de Julio de 1998
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Documentos citados
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos 4, 9, 77, 252, 390, 392
- STS, 28 de Octubre de 1997