Reglamento número 17 sobre prescripciones uniformes relativas a la homologación de vehículos en relación con la resistencia de los asientos, sus anclajes y reposacabezas. Anejo al Acuerdo de Ginebra de 20 de marzo de 1958 sobre condiciones uniformes de homologación y reconocimiento recíproco de homologación para equipos y piezas de vehículos de motor (publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 20 de julio de 1977 y de 25 de mayo de 1982). Revisión 3, comprende la Serie 04 de Enmiendas propuestas por Italia, entrada en vigor el 28 de enero de 1990 (el texto refundido que ahora se publica revisado incluye también las Enmiendas habidas hasta la fecha).
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Reglamento número 17 sobre prescripciones uniformes relativas a la homologación de vehículos en relación con la resistencia de los asientos, sus anclajes y reposacabezas. Anejo al Acuerdo de Ginebra de 20 de marzo de 1958 sobre condiciones uniformes de homologación y reconocimiento recíproco de homologación para equipos y piezas de vehículos de motor (publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 20 de julio de 1977 y de 25 de mayo de 1982). Revisión 3, comprende la Serie 04 de Enmiendas propuestas por Italia, entrada en vigor el 28 de enero de 1990 (el texto refundido que ahora se publica revisado incluye también las Enmiendas habidas hasta la fecha).
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Documentos citados
- Reglamento número 21 sobre prescripciones uniformes relativas a la homologación de vehículos en lo que concierne a su acondicionamiento interior. Anejo al Acuerdo de Ginebra de 20 de marzo de 1958 sobre condiciones uniformes de homologación y reconocimiento recíproco de homologación para equipos y piezas de vehículos de motor (publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 10 de septiembre de 1978, de 10 de octubre de 1983 y de 6 de junio de 1984). Revisión 1-Enmienda 1 (Suplemento 1 a la Serie 01 de Enmiendas). Revisión 1-Enmienda 1, rectificación 1. Revisión 1, rectificación 1 (Suplemento 1 a la Serie 01 de Enmiendas).
- Reglamento número 13 sobre prescripciones uniformes relativas a la homologación de los vehículos en lo que concierne al frenado, anejo al Acuerdo de Ginebra de 20 de marzo de 1958, relativo al cumplimiento de condiciones uniformes de homologación y reconocimiento recíproco de la homologación de equipos y piezas de vehículos de motor. Recoge la serie 03, 04 y 05 de Enmiendas, así como el suplemento I a la 05, que entraron en vigor el 4 de enero de 1979, 11 de agosto de 1981, 26 de noviembre de 1984 y 1 de abril de 1987, respectivamente. Asimismo recoge el suplemento 2 a la serie de Enmiendas 05 que entraron en vigor el 5 de octubre de 1987 y el suplemento 3 a la serie de Enmiendas 05 que entraron en vigor el 29 de julio de 1988.
- Reglamento número 17 anejo al Acuerdo de Ginebra, de 20 de marzo de 1958, relativo a la adopción de condiciones uniformes de homologación y al reconoclmiemo reciproco de la homologación de piezas y equipos para vehículos de motor.