Reglamento número 17 anejo al Acuerdo de Ginebra, de 20 de marzo de 1958, relativo a la adopción de condiciones uniformes de homologación y al reconoclmiemo reciproco de la homologación de piezas y equipos para vehículos de motor.
› ›
Enlazado como:Extracto
Reglamento número 17 anejo al Acuerdo de Ginebra, de 20 de marzo de 1958, relativo a la adopción de condiciones uniformes de homologación y al reconoclmiemo reciproco de la homologación de piezas y equipos para vehículos de motor.
No longer available (Autolink)
Ver el contenido completo de este documento
Afectaciones
ENMENDADA por
- Reglamento número 17 sobre prescripciones uniformes relativas a la homologación de vehículos en relación con la resistencia de los asientos, sus anclajes y reposacabezas. Anejo al Acuerdo de Ginebra de 20 de marzo de 1958 sobre condiciones uniformes de homologación y reconocimiento recíproco de homologación para equipos y piezas de vehículos de motor (publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 20 de julio de 1977 y de 25 de mayo de 1982). Revisión 3, comprende la Serie 04 de Enmiendas propuestas por Italia, entrada en vigor el 28 de enero de 1990 (el texto refundido que ahora se publica revisado incluye también las Enmiendas habidas hasta la fecha).
- Enmiendas 02 al Reglamento número 17 sobre prescripciones uniformes relativas a la homologación de los vehículos en lo que se refiere a la resistencia de los asientos y de sus anclajes. Anejo al Acuerdo de 20 de marzo de 1958, relativo al cumplimiento de condiciones uniformes de homologación y reconocimiento recíproco de la homologación de equipos y piezas de vehículos de motor.
Documentos citados
- Reglamento número 17 sobre prescripciones uniformes relativas a la homologación de vehículos en relación con la resistencia de los asientos, sus anclajes y reposacabezas. Anejo al Acuerdo de Ginebra de 20 de marzo de 1958 sobre condiciones uniformes de homologación y reconocimiento recíproco de homologación para equipos y piezas de vehículos de motor (publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 20 de julio de 1977 y de 25 de mayo de 1982). Revisión 3, comprende la Serie 04 de Enmiendas propuestas por Italia, entrada en vigor el 28 de enero de 1990 (el texto refundido que ahora se publica revisado incluye también las Enmiendas habidas hasta la fecha).