STS 1757/2000, 18 de Noviembre de 2000

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Resumen


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Frases clave


El límite de la acumulación está constituido por la imposibilidad temporal del enjuiciamiento conjunto de hechos delictivos acaecidos con posterioridad a haberse dictado la última sentencia comprendida en la acumulación, además de los que estuviesen sentenciados cuando se inicia la acumulación de que se trate.

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Extracto


STS 1757/2000, 18 de Noviembre de 2000

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