STS 1151/1997, 19 de Diciembre de 1997

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Resumen


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Frases clave


La cesión o reconocimiento de derechos del marido en favor de su esposa, implica una auténtica donación y que por tanto, la inobservancia de la forma hace decaer la misma, pues, la adjudicación controvertida ha de contemplarse, en su evolución al socaire de la jurisprudencia de intereses, dentro de la complejidad de operaciones inherentes a la separación de hecho que en origen se consumó en el documento privado de 6 de marzo de 1985, pues, bien consecuente es, explicarse aquél reconocimiento/cesión en un conjunto de adjudicaciones duales de carácter sinalagmático, explicativo de ese reconocimiento y cesión de derechos entre ambos consortes.

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Extracto


STS 1151/1997, 19 de Diciembre de 1997

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