Sentencia de Constitucionalidad nº 623/15 de Corte Constitucional, 30 de Septiembre de 2015
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DECLARA INEXEQUIBLE
- Reforma Agraria y Desarrollo Rural Campesino (Ley 160 de 1994) -- expresión "...y si no se hubiere formulado demanda de revisión, o fuere rechazada, o el fallo del Consejo de Estado negare las pretensiones de la demanda" contenida en el inciso tercero del artículo 50, la palabra "sólo" prevista en la expresión "Contra las resoluciones del Gerente General del INCORA que decidan de fondo los procedimientos que se regulan en este Capítulo, sólo procede el recurso de reposición en los términos del Código Contencioso Administrativo, dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación, y la acción de revisión ante el Consejo de Estado, S. de lo Contencioso Administrativo, en única instancia, conforme a lo establecido en el numeral 9o. del artículo 128 del Código Contencioso Administrativo." del inciso primero del artículo 50, la expresión "Durante los quince (15) días siguientes a su ejecutoria permanecerá en suspenso la ejecución de la resolución que dicte el Instituto, con el objeto de que los interesados soliciten en dicho término la revisión de la providencia" y "Si no se presenta la demanda de revisión en el término indicado, o si aquella fuere rechazada, o la sentencia del Consejo de Estado negare la revisión demandada" contenida en el artículo 53, y la palabra "sólo" establecida en la expresión "Contra la resolución que declare que sobre un fundo o parte de él se ha extinguido el derecho de dominio privado sólo proceden el recurso de reposición, dentro de los cinco (5) días siguientes a su notificación, y la acción de revisión ante el Consejo de Estado, S. de lo Contencioso Administrativo, en única instancia, según lo previsto en el numeral 8o. del artículo 128 del Código Contencioso Administrativo." del numeral tercero del artículo 53 - Artículos : 50.inciso primero 50.inciso tercero 53
Documentos citados
- Código penal (Ley 599 de 2000) - Artículos 29, 50, 53, 58, 64, 65, 150, 234, 235, 236, 237, 238
- Constitución Política de Colombia (1991) - Artículos 1, 58, 64, 88, 209, 238
- Código Civil (Ley 57 de 1887)
- Sentencia de Constitucionalidad nº 463/08 de Corte Constitucional, 14 de Mayo de 2008
- Sentencia de Tutela nº 760/08 de Corte Constitucional, 31 de Julio de 2008