Sentencia de Constitucionalidad nº 644/11 de Corte Constitucional, 31 de Agosto de 2011
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Resumen
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DECLARA EXEQUIBLE
- Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011) -- expresión “...o a un particular que haya obrado siguiendo una expresa instrucción de la misma”, contenida en el artículo 140 y “...sin que en uno u otro evento, pueda el juez, anular el acto o contrato, sin perjuicio de que pueda adoptar las medidas que sean necesarias para hacer cesar la amenaza o vulneración de los derechos colectivos”, contenida en el artículo 144 - Artículos : 140 144
Documentos citados
- Código penal (Ley 599 de 2000)
- Código de procedimiento civil. (Decreto 1400 de 1970) - Artículos 40, 144, 308, 309
- Código Contencioso Administrativo(Decreto 1 de 1984)
- Constitución Política de Colombia (1991) - Artículos 1, 2, 6, 13, 16, 23, 29, 58, 88, 90, 140, 150, 158, 228, 229
- Código Civil (Ley 57 de 1887) - Artículos 1005, 2341, 2344