Sentencia de Constitucionalidad nº 694/15 de Corte Constitucional, 11 de Noviembre de 2015
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Afectaciones
DECLARA INEXEQUIBLE
- Ley 1592 de 2012, por medio de la cual se introducen modificaciones a la Ley 975 de 2005 "por la cual se dictan disposiciones para la reincorporación de miembros de grupos armados organizados al margen de la ley, que contribuyan de manera efectiva a la consecución de la paz nacional y se dictan otras disposiciones para acuerdos humanitarios y se dictan otras disposiciones -- expresión "Estos bienes serán puestos a disposición de la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas y/o de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución Tierras Despojadas para que sean destinados a los programas de reparación integral y de restitución de tierras de que trata la Ley 1448 de 2011, según corresponda. Las víctimas que sean acreditadas en los procedimientos penales especiales de justicia y paz, tendrán acceso preferente a estos programas" - Artículos : 8
DECLARA EXEQUIBLE
- Ley 1592 de 2012, por medio de la cual se introducen modificaciones a la Ley 975 de 2005 "por la cual se dictan disposiciones para la reincorporación de miembros de grupos armados organizados al margen de la ley, que contribuyan de manera efectiva a la consecución de la paz nacional y se dictan otras disposiciones para acuerdos humanitarios y se dictan otras disposiciones -- expresiones "aplicando criterios de priorización en la investigación y el juzgamiento de esas conductas" del artículo 1º, "sin perjuicio de la aplicación de criterios de priorización" del artículo 3, "La investigación se surtirá conforme a los criterios de priorización que determine el F. General de la Nación en desarrollo del artículo 16A de la presente ley" del artículo 10, "y de conformidad con los criterios de priorización" del artículo 11, "de acuerdo con los criterios de priorización que establezca el F. General de la Nación de conformidad con el artículo 16A de la presente ley" del artículo 12, "de priorización" del inciso segundo y "de priorización" del inciso tercero y "concentrando los esfuerzos de investigación en los máximos responsables" del artículo 13, "de conformidad con los criterios de priorización establecidos por el F. General de la Nación" del artículo 14, "colectivas o conjuntas" y "de manera colectiva" del parágrafo del artículo 14, "concentrado", del artículo 22, "de los postulados extraditados", "por efecto de la extradición concedida", "los postulados extraditados" y "por los postulados extraditados" del artículo 31, "la pondrá a disposición de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas, con el fin de contribuir a los procedimientos que esta adelanta para la restitución de los predios despojados o abandonados de conformidad con los procedimientos establecidos en la Ley 1448 de 2011" del artículo 11, "en el marco de la Ley 1448 de 2011" del artículo 32, "excepcional" y "En los demás casos, se observará lo dispuesto en la Ley 1448 de 2011" del artículo 38, "se podrán" y "según lo previsto en el artículo 97 de la Ley 1448 de 2011, con cargo al Fondo de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas" del artículo 39, "Cuando se verifique que el postulado no haya entregado, ofrecido o denunciado bienes adquiridos por él o por el grupo armado organizado al margen de la ley - Artículos : 1 3 5 5.parágrafo 2 5.parágrafo 3 7.inciso 4 7.parágrafo 8.parágrafo 10 11 12 13.inciso segundo 13.inciso tercero 14 16.parágrafo 2 16.parágrafo 3 17 18.parágrafo 18.inciso 4 19 20 22 27.inciso segundo 27.inciso tercero 27.parágrafo 4 30 31 32 36 37.inciso 2 38 39
Documentos citados
- Código penal (Ley 599 de 2000) - Artículos 29, 229
- Código del Menor (Decreto 2737 de 1989) - Artículo 167
- Código de procedimiento penal. (Ley 906 de 2004). - Artículos 32, 178, 318
- Código de procedimiento civil. (Decreto 1400 de 1970) - Artículos 435, 507
- Constitución Política de Colombia (1991) - Artículos 1, 2, 12, 13, 28, 29, 93, 94, 113, 115, 116, 118, 209, 228, 229, 241, 250, 251