STSJ Aragón 354/2007, 13 de Abril de 2007

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Resumen


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Frases clave


El cierre empresarial y la extinción de la totalidad de los contratos implica, precisamente y aunque parezca una obviedad, la imposibilidad de continuar en la actividad empresarial para cuyo cese se recibió la preceptiva autorización administrativa, y la no continuación implica -pese a lo que sostiene la resolución administrativa impugnada y admite la sentencia de instancia- la imposibilidad de contratar a trabajador alguno que realice jornada y labores cuyo cese ha sido autorizado.

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Extracto


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