STSJ País Vasco 2393/2007, 25 de Septiembre de 2007

Enlazado como:


Resumen


No longer available (Autolink)

Frases clave


De igual manera, y tal y como precisa también la resolución que se recurre, el Decreto 2864/74 de 30 de agosto , que regula el campo de aplicación del Régimen Especial de los Trabajadores del Mar, incluye dentro del mismo a los trabajadores por cuenta ajena, que, a), apdo. 6º realicen trabajo de estibadores portuarios. Si tenemos en cuenta este Régimen veremos que: en primer término el organismo demandado ha efectúado de forma constante y permanente, no para un reducido período, o por una situación coyuntural, un déficit de cotización por inadecuada afiliación de los trabajadores al Régimen concreto; y, segundo, no ha revelado ningún acto concreto y manifiesto, una vez conocida la reclamación, y otros supuestos de integración dentro de Régimen Especial de Trabajadores del Mar, para poder solventar la responsabilidad que dimanaba del encuadramiento. De aquí el que difícilmente podamos entender que es exonerable la responsabilidad de la entidad recurrente, pues con independencia de que exista una voluntad de incumplimiento, lo cierto es que la misma se manifiesta como tal, sin que ello suponga un ánimo defraudatorio específico, pero sí un elemento por omisión de sus obligaciones que repercute en la esfera de terceros, tanto respecto a los beneficiarios como a la entidad gestora que debe solventar la prestación, de acuerdo a un déficit de cotización imputable, a quien conociendo las circunstancias específicas del trabajador, y siendo competente y con facultades para ello, en orden al correcto encuadramiento, sin embargo lo omite, prescindiendo del principio de legalidad. No se trata de encontrarnos ante un supuesto dudoso, cuestionable o de difícil delimitación jurídica; no es este el caso, sino que es el real desconocimiento de una situación que se producía con pleno conocimiento de la misma.

Ver el contenido completo de este documento

Extracto


STSJ País Vasco 2393/2007, 25 de Septiembre de 2007

No longer available (Autolink)

Ver el contenido completo de este documento