Sentencia de Constitucionalidad nº 908/13 de Corte Constitucional, 3 de Diciembre de 2013
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Resumen
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DECLARA EXEQUIBLE
- Código Único Disciplinario (Ley 734 de 2002) -- expresión "será responsabilidad personal del funcionario competente" - Artículos : 157.inciso tercero
Documentos citados
- Código penal (Ley 599 de 2000) - Artículos 15, 157
- Código Único Disciplinario (Ley 734 de 2002) - Artículo 157
- Constitución Política de Colombia (1991) - Artículos 2, 6, 13, 16, 23, 78, 90, 91, 92, 121, 122, 123, 124, 241, 242, 267, 278
- Código Civil (Ley 57 de 1887)
- Ley 678 de 2001 Por medio de la cual se reglamenta la determinación de responsabilidad patrimonial de los agentes del Estado a través del ejercicio de la acción de repetición o de llamamiento en garantía con fines de repetición.