Resolución por la que se interpreta lo dispuesto en los apartados e) del número 2 del artículo 1.º de la Orden de 18 de enero de 1967, del número 4 del artículo 2.º de la Orden de 13 de febrero de 1967 y del número 1 del artículo 20 de la Orden de 15 de abril de 1969, por las que se establecen normas para la aplicación y desarrollo de las prestaciones de vejez, muerte y supervivencia e invalidez, respectivamente, del Régimen General de la Seguridad Social.

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Resolución por la que se interpreta lo dispuesto en los apartados e) del número 2 del artículo 1.º de la Orden de 18 de enero de 1967, del número 4 del artículo 2.º de la Orden de 13 de febrero de 1967 y del número 1 del artículo 20 de la Orden de 15 de abril de 1969, por las que se establecen normas para la aplicación y desarrollo de las prestaciones de vejez, muerte y supervivencia e invalidez, respectivamente, del Régimen General de la Seguridad Social.

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