Sentencia de Constitucionalidad nº 028/06 de Corte Constitucional, 26 de Enero de 2006
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DECLARA EXEQUIBLE
- Código Único Disciplinario (Ley 734 de 2002) -- expresiones "La inhabilidad general será de diez años a veinte años; la inhabilidad especial no será inferior a treinta días ni superior a doce meses", contenidas en el inciso primero del artículo 46 - Artículos : 44.1 45.d 46.inciso 1
Documentos citados
- Código Único Disciplinario (Ley 734 de 2002) - Artículos 44, 45, 46, 48
- Constitución Política de Colombia (1991) - Artículos 1, 2, 6, 13, 25, 40, 93, 110, 121, 122, 123, 124, 125, 150, 209, 241, 277, 278
- Sentencia de Constitucionalidad nº 558/94 de Corte Constitucional, 6 de Diciembre de 1994
- Sentencia de Constitucionalidad nº 225/95 de Corte Constitucional, 18 de Mayo de 1995
- Sentencia de Constitucionalidad nº 280/96 de Corte Constitucional, 25 de Junio de 1996