Sentencia de Constitucionalidad nº 568/04 de Corte Constitucional, 8 de Junio de 2004
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Afectaciones
DECLARA INEXEQUIBLE PARCIALMENTE
- Ley 715 de 2001, por la cual se dictan normas orgánicas en materia de recursos y competencias de conformidad con los artículos 151 288 356 y 357 (Acto Legislativo 01 de 2001) de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones para organizar la prestación de los servicios de educación y salud entre otros. -- expresión ''hasta por el monto que se girará en la respectiva vigencia'' - Artículos : 17 64 81
DECLARA EXEQUIBLE
- Ley 715 de 2001, por la cual se dictan normas orgánicas en materia de recursos y competencias de conformidad con los artículos 151 288 356 y 357 (Acto Legislativo 01 de 2001) de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones para organizar la prestación de los servicios de educación y salud entre otros. -- expresiones: el artículo 17 en las partes que dicen ''Sobre la base del 100% del aforo que aparezca en la ley anual de presupuesto se determinará el programa anual de caja, en el cual se establecerán los giros mensuales correspondientes a la participación para educación a los departamentos, distritos o municipios''; ''los giros deberán efectuarse en los diez (10) primeros días del mes siguiente al que corresponde la transferencia'' y ''para tal efecto se aforará la participación para educación del Sistema General de participaciones en la ley anual de presupuesto''; el artículo 53 en la parte que dice ''La apropiación de los recursos del Sistema General de Participaciones para salud se hará sobre la base del 100% del aforo que aparezca en la Ley de Presupuesto'' y ''Los giros deberán efectuarse en los diez (10) primeros días del mes siguiente al que corresponde la transferencia''; el artículo 64 en las partes que dicen ''Sobre la base del 100% del aforo que aparezca en la ley anual de presupuesto se determinará el programa anual de caja, en el cual se establecerán los giros mensuales correspondientes a la participación para salud.''; ''Los giros deberán efectuarse en los diez (10) primeros días del mes siguiente al que corresponde la transferencia'' y ''para tal efecto se aforará la participación para salud del Sistema General de participaciones en la ley anual de presupuesto''; el artículo 81 en las partes que dicen ''Sobre la base del 100% del aforo que aparezca en la ley anual de presupuesto se determinará el programa anual de caja, en el cual se establecerán los giros mensuales correspondientes a la participación para propósito general a los distritos y municipios''; ''Los giros deberán efectuarse en los diez (10) primeros días del mes siguiente al que corresponde la transferencia'' y ''para tal efecto se aforará la participación para propósito general del Sistema General de Participaciones en la ley anual de presupuesto'' - Artículos : 17 53 64 81
Documentos citados
- Código penal (Ley 599 de 2000) - Artículos 1, 2, 13, 25, 53, 287, 317, 339
- Constitución Política de Colombia (1991) - Artículos 1, 2, 43, 44, 49, 50, 51, 52, 67, 70, 78, 79, 82, 83, 151, 241, 288, 346, 356, 357, 359, 365
- Acto Legislativo 01
- Ley 715 de 2001, por la cual se dictan normas orgánicas en materia de recursos y competencias de conformidad con los artículos 151 288 356 y 357 (Acto Legislativo 01 de 2001) de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones para organizar la prestación de los servicios de educación y salud entre otros.
- Ley 714, por la cual se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2002.