Sentencia de Constitucionalidad nº 1162/00 de Corte Constitucional, 6 de Septiembre de 2000
Enlazado como:
Resumen
No longer available (Autolink)
No longer available (autolink)Afectaciones
DECLARA EXEQUIBLE
- Régimen de los servicios públicos domiciliarios (Ley 142 de 1994) -- aparte del artículo 129 de la Ley 142 de 1994: "Artículo 129. Celebración del contrato. Existe contrato de servicios públicos desde que la empresa define las condiciones uniformes en las que está dispuesta a prestar el servicio y el propietario...". - Artículos : 69.inciso primero 69.parágrafo 69.1 69.2 69.3 14.18 128 129
Documentos citados
- Código penal (Ley 599 de 2000) - Artículos 1, 2, 13, 58, 113, 150, 189, 211, 243, 333, 334, 365, 367, 370
- Código Contencioso Administrativo(Decreto 1 de 1984)
- Constitución Política de Colombia (1991) - Artículos 1, 13, 150, 189, 211, 241, 365, 370
- Sentencia de Constitucionalidad nº 066/97 de Corte Constitucional, 11 de Febrero de 1997
- Sentencia de Constitucionalidad nº 272/98 de Corte Constitucional, 3 de Junio de 1998