Sentencia de Constitucionalidad nº 293/08 de Corte Constitucional, 2 de Abril de 2008
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Resumen
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DECLARA EXEQUIBLE
- Código Único Disciplinario (Ley 734 de 2002) -- expresión "Se entenderá cumplida la comunicación cuando haya transcurrido cinco días, después de la fecha de su entrega a la oficina de correo." contenida en el artículo 109 - Artículos : 109
Documentos citados
- Código Único Disciplinario (Ley 734 de 2002) - Artículos 89, 103, 109, 111
- Código Contencioso Administrativo(Decreto 1 de 1984) - Artículos 6, 45, 51
- Constitución Política de Colombia (1991) - Artículos 2, 29, 95, 103, 109, 174, 209, 241
- Ley 788, por la cual se expiden normas en materia tributaria y penal del orden nacional y territorial; y se dictan otras disposiciones. - Artículo 5
- Sentencia de Constitucionalidad nº 096/01 de Corte Constitucional, 31 de Enero de 2001