Sentencia de Constitucionalidad nº 1035/08 de Corte Constitucional, 22 de Octubre de 2008
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Afectaciones
DECLARA EXEQUIBLE
- Regímenes Pensionales. (Ley 797 de 2003). -- expresión "En caso de convivencia simultánea en los últimos cinco años, antes del fallecimiento del causante entre un cónyuge y una compañera o compañero permanente, la beneficiaria o el beneficiario de la pensión de sobreviviente será la esposa o el esposo" contenida en el literal b del artículo 13 - Artículos : 13.b
Documentos citados
- Código de procedimiento civil. (Decreto 1400 de 1970) - Artículo 5
- Constitución Política de Colombia (1991) - Artículos 5, 13, 42, 43, 48, 241, 242, 278
- Código Civil (Ley 57 de 1887) - Artículos 9, 115, 154, 171, 411
- Sentencia de Tutela nº 043/08 de Corte Constitucional, 24 de Enero de 2008
- Sentencia de Tutela nº 177/08 de Corte Constitucional, 21 de Febrero de 2008